Libro Cuarto - De las obligaciones en general y de los contratosDefiniciones
Artículo 1450
Presuncion de donacion entre vivos
Texto oficial
La donación entre vivos no se presume sino en los casos que expresamente hayan previsto las leyes.
Artículo 1450
La donación entre vivos no se presume sino en los casos que expresamente hayan previsto las leyes.