Libro Tercero - De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivosDel pago de las deudas hereditarias

Artículo 1428

Normas que rigen el usufructo constituido en la particion

Texto oficial

El usufructo constituido en la partición de una herencia está sujeto a las reglas del artículo 1425, si los interesados no hubieren acordado otra cosa.