Libro Tercero - De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivosDel pago de las deudas hereditarias
Artículo 1416
Distribucion consensual de las deudas
Texto oficial
La regla del artículo anterior se aplica al caso en que, por la partición o por convenio de los herederos, se distribuyan entre ellos las deudas de diferente modo que como se expresa en los referidos artículos.