Libro Tercero - De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivosDel pago de las deudas hereditarias

Artículo 1416

Distribucion consensual de las deudas

Texto oficial

La regla del artículo anterior se aplica al caso en que, por la partición o por convenio de los herederos, se distribuyan entre ellos las deudas de diferente modo que como se expresa en los referidos artículos.