Libro Tercero - De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivosDe la partición de bienes
Artículo 1405
Anulacion y rescision de las particiones
Texto oficial
Las particiones se anulan o se rescinden de la misma manera y según las mismas reglas que los contratos.
La rescisión por causa de lesión se concede al que ha sido perjudicado en más de la mitad de su cuota.