Libro Tercero - De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivosReglas relativas a la sucesión intestada

Artículo 1065

Lugar de apertura y publicacion del testamento

Texto oficial

La apertura y publicación del testamento se hará ante el juez del último domicilio del testador; pero si no fueren hallados allí el notario y los testigos que deben reconocer sus firmas, aquellos actos tendrán lugar ante el juez que designen las leyes de procedimiento.