Libro Tercero - De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivosDefiniciones y reglas generales
Artículo 1044
Representacion de la ascendencia
Texto oficial
Se puede representar al ascendiente cuya herencia se ha repudiado.
Se puede, asimismo, representar al incapaz, al indigno, al desheredado y al que repudió la herencia del difunto.