Book Two - On Property, and Its Ownership, Possession, Use and EnjoymentOn Limitations on Ownership
Article 816
Asimilacion de la fiducia a la tutela o curaduria
Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.
Official text
En cuanto a la imposición de hipotecas, servidumbres o cualquiera otro gravamen, los bienes que fiduciariamente se posean se asimilarán a los bienes de la persona que vive bajo tutela o curaduría, y las facultades del fiduciario a las del tutor o curador.
Impuestos dichos gravámenes sin previa autorización judicial, con conocimiento de causa y con audiencia de los que, según el artículo 820, tengan derecho para impetrar providencias conservatorias, no será obligado el fideicomisario a reconocerlos.