Book Two - On Property, and Its Ownership, Possession, Use and EnjoymentOn Ownership
Article 715
Frutos naturales pendientes, percibidos y consumidos
Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.
Official text
Los frutos naturales se llaman pendientes mientras que adhieren todavía a la cosa que los produce, como las plantas que están arraigadas al suelo, o los productos de las plantas mientras no han sido separados de ellas.
Frutos naturales percibidos son los que han sido separados de la cosa productiva, como las maderas cortadas, las frutas y granos cosechados, etc., y se dicen consumidos cuando se han consumido verdaderamente, o se han enajenado.