Book One - On PersonsOn Guardianship and Curatorship in General
Article 649
Disolucion de una corporacion
Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.
Official text
Disuelta una corporación, se dispondrá de sus propiedades, en la forma que para este caso hubieren prescrito sus estatutos; y si en ellos no se hubiere previsto este caso, pertenecerán dichas propiedades a la nación, con la obligación de emplearlas en objetos análogos a los de la institución. Tocará al congreso de la Unión señalarlos.