Book One - On PersonsOn Guardianship and Curatorship in General

Article 649

Disolucion de una corporacion

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

Disuelta una corporación, se dispondrá de sus propiedades, en la forma que para este caso hubieren prescrito sus estatutos; y si en ellos no se hubiere previsto este caso, pertenecerán dichas propiedades a la nación, con la obligación de emplearlas en objetos análogos a los de la institución. Tocará al congreso de la Unión señalarlos.