Preliminary TitleOn the Law

Article 54

Hermanos

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

Los hermanos pueden serlo por parte de padre y de madre, y se llaman entonces hermanos carnales; o sólo por parte de padre, y se llaman entonces hermanos paternos; o solo por parte de madre, y se llaman entonces hermanos maternos o uterinos.