Preliminary TitleOn the Law
Article 54
Hermanos
Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.
Official text
Los hermanos pueden serlo por parte de padre y de madre, y se llaman entonces hermanos carnales; o sólo por parte de padre, y se llaman entonces hermanos paternos; o solo por parte de madre, y se llaman entonces hermanos maternos o uterinos.