Book Four - On Obligations in General and On ContractsFinal Provisions

Article 2684

Cita de disposiciones

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

La cita de las disposiciones de los Códigos nacionales, se hará así: Artículo, capítulo o título tal, C. C. (Código Civil); C. Co. (Código de Comercio); C. P. (Código Penal); C. A. (Código Administrativo); C. F. (Código Fiscal); C. M. (Código Militar); C. J. (Código Judicial); C. Fo. (Código de Fomento); y así de los demás que puedan expedirse en lo sucesivo, suprimiéndose en la cita las palabras puestas aquí entre paréntesis.