Book Four - On Obligations in General and On ContractsOn Mortgage

Article 2454

Fianza hipotecaria

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

El que hipoteca un inmueble suyo por una deuda ajena, no se entenderá obligado personalmente si no se hubiere estipulado.

Sea que se haya obligado personalmente, o no, se le aplicará la regla del artículo precedente.

La fianza se llama hipotecaria cuando el fiador se obliga con hipoteca.

La fianza hipotecaria está sujeta en cuanto a la acción personal a las reglas de la simple fianza.