Book Four - On Obligations in General and On ContractsOn Actual Payment

Article 1802

Recompensa por gastos en bienes de los conyuges

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

Se le debe asi mismo recompensa por las expensas de toda clase que se hayan hecho en los bienes de cualquiera de los cónyuges, en cuanto dichas expensas hayan aumentado el valor de los bienes, y en cuanto subsistiere este valor a la fecha de la disolución de la sociedad; a menos que este aumento de valor exceda al de las expensas, pues en tal caso se deberá sólo el importe de éstas.