Book Four - On Obligations in General and On ContractsOn Solidary Obligations
Article 1665
Retiro de la consignacion por extincion de la obligacion
Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.
Official text
Cuando la obligación ha sido, irrevocablemente extinguida, podrá todavía retirarse la consignación, si el acreedor consiente en ello. Pero en este caso la obligación se mirará como del todo nueva; los codeudores y fiadores permanecerán exentos de ella, y el acreedor no conservará los privilegios o hipotecas de su crédito primitivo. Si por voluntad de las partes se renovaren las hipotecas precedentes, se inscribirán de nuevo, y su fecha será la del día de la nueva inscripción.
DEL PAGO CON SUBROGACION