Book One - On PersonsOn Marriage

Article 164

Divorcio decretado en el exterior

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

El divorcio decretado en el exterior, respecto del matrimonio civil celebrado en Colombia, se regirá por la ley del domicilio conyugal y no producirá los efectos de disolución, sino a condición de que la causal respectiva sea admitida por la ley colombiana y de que el demandado haya sido notificado personalmente o emplazado según la ley de su domicilio. Con todo, cumpliendo los requisitos de notificación y emplazamiento, podrá surtir los efectos de la separación de cuerpos.

PARAGRAFO 4o.

DE LA SEPARACION DE CUERPOS