Book Four - On Obligations in General and On ContractsDefinitions

Article 1487

Prescripcion de la accion revocatoria

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

La acción revocatoria termina en cuatro años, contados desde que el donante tuvo conocimiento del hecho ofensivo, y se extingue por su muerte, a menos que haya sido intentada judicialmente durante su vida, o que el hecho ofensivo haya producido la muerte del donante o ejecutándose después de ella.

En estos casos la acción revocatoria se transmitirá a los herederos.