Book Four - On Obligations in General and On ContractsDefinitions
Article 1451
Actos que no constituyen donacion
Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.
Official text
No dona el que repudia una herencia, legado o donación, o deja de cumplir la condición a que está subordinado un derecho eventual, aunque así lo haga con el objeto de beneficiar a un tercero.
Los acreedores, con todo, podrán ser autorizados por el juez para sustituirse a un deudor que así lo hace, hasta concurrencia de sus créditos; y del sobrante, si lo hubiere, se aprovechará el tercero.