Book Three - On Succession by Reason of Death, and On Donations Inter VivosOn the Partition of Property

Article 1411

Division de deudas hereditarias

Official text in Spanish. English translation is not available for the Colombian Civil Code.

Official text

Las deudas hereditarias se dividen entre los herederos, a prorrata de sus cuotas.

Así, el heredero del tercio no es obligado a pagar sino el tercio de las deudas hereditarias.

Pero el heredero beneficiario no es obligado al pago de ninguna cuota de las deudas hereditarias sino hasta concurrencia de lo que valga lo que hereda.

Lo dicho se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 1413 y 1583.